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First/Given Name(s):


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Hernandez y Alvarez Guirola Lazaro
- 1754

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  • Gender  Unknown 
    Died  Aft 22 Nov 1754 
    Person ID  I6309  ROJAS-SPENCER
    Last Modified  14 Jun 2019 
     
    Father  Hernandez y Gonzalez Lazaro,   d. Bef 22 Sep 1737 
    Mother  Alvarez Guirola y de Herrera Francisca,   d. Bef 22 Nov 1754 
    Married  20 Sep 1694  Parroqia del Espiritu Santo Find all individuals with events at this location 
    Family ID  F5749  Group Sheet
     
    Family  González Rosa 
    Married  Abt 1724 
    Family ID  F4591  Group Sheet
     
  • Notes 
    • Testamento. Lázaro Hernández

      Fue otorgado en el Partido del Calvario, de la jurisdicción de la Havana, el 22 de noviembre de 1754 ante Manuel Álvarez y testigos que fueron Juan de Baute,… Ramos, Miguel de Castro, Miguel de Avilés y Juan Pablos Hernández.

      Entre sus particulares están:

      • Dice ser Lázaro Hernández, natural de la ciudad de la Havana, hijo legítimo de Lázaro Hernández y de Da. Francisca Álvarez Guirola, difuntos.
      • Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito de San Francisco y sepultado en la Parroquia o Auxiliar donde acaeciere su fallecimiento, dejando a sus Albaceas las demás disposiciones de su funeral y entierro.
      • Manda se le digan las 3 misas del Alma, y 20 más rezadas; y que se den de limosna 12 pesos al Santísimo del Calvario de quien es Hermano y que lo que debe se pague separado de su caudal; 6 pesos a la Redención de Cautivos; y 2 reales a cada una de las mandas forzosas.
      • manda que se le digan las 48 misas de San Vicente Ferrera y que se paguen de sus bienes.
      • Declara que habrá 30 años que contrajo matrimonio, según manda Nuestra Santa Madre Iglesia, con Rosa González; y cuando lo contrajeron juntó por capital 300 pesos y su mujer, 93 pesos; y haber tenido por sus hijos legítimos a: María Josepha Hernández que es casada con Pedro Joseph de Fuentes; a Joseph Manuel, de 14 años; Luis Joseph, de 12; y Antonio Joseph Hernández, de 5 años.
      • Declara por sus bienes tres estancias en el Partido el Santo Calvario de que darán razón sus Albaceas y de su estado.
      • Declara por más bienes una casa de colgadizo de rafas tapias y teja que está en la ciudad de la Havana al costado de la Iglesia Parroquial del Espíritu Santo y su mujer dará razón de su tributo y de las estancias y también de lo que se debe y manda que se esté y pase por lo que ésta dijere.
      • Declara por más bienes 6 esclavos, las bestias, aperos y menaje de casa de que también tiene conocimiento su mujer.
      • Declara que tiene en arrendamiento una hacienda nombrada Puerto Escondido que le pertenece a D. Esteban Porlier de que le paga todos los años 1150 pesos que se cumplen por agosto y sólo debe del año corrido 250 pesos. Manda se le paguen.
      • Declara que Eusebio de la Cruz le es deudor de 100 pesos del arrendamiento de un sitio de dicha hacienda, Nicolás Rizo su compadre, le debe 100 pesos, Joseph Garachico, otros 100 pesos, y los demás que le deben consta a sus Albaceas. Manda que todo se cobre.
      • Declara ser deudor de: 20 pesos, a Juana González, su comadre: a Francisco el Gallego, 80 pesos; al dicho Pedro Joseph de Fuentes, su yerno le debe 100 pesos; y a Joseph Martínez, 24 pesos. Manda que todo se pague.
      • Declara que lo más que le deben a consta a su mujer y de sus apuntes. Manda que todo se cobre.
      • Declara tener hipotecados todos sus bienes al saneamiento del arrendamiento de a hacienda Puerto Escondido y de la escritura consta la entrega de dicha hacienda y lo más que hubiere le pertenece.
      • Lega a su hija María Josepha Hernández una negrita de su propiedad, de dicho quinto o en la forma que más haya lugar.
      • Manda que a Manuel Hernández, su hijo, se le den los avíos y la silla de su andar, las pistolas y el capote que asimismo se los lega de dicho quinto o en la forma que más haya lugar.
      • Manda que a Luis Joseph Hernández, su hijo, se le entregue el espadín de su uso que se lo lega de dicho quinto o en la forma que más haya lugar.
      • Manda que a Antonio Joseph Hernández, su hijo, se le se le de el caballo de su andar que se lo lega de dicho quinto o en la forma que más haya lugar.
      • Nombra por Albacea y Tenedora de Bienes a la dicha su esposa y por más Albacea a Pedro Joseph de Fuentes, su yerno, a los que les concede la prórroga que pudieran necesitar.
      • Instituye por sus herederos a sus referidos hijos.
      • Revoca, etc…

      Fuente: Protocolos de la Escribanía de Fornari. Año 1754, folios 591- 595. File: Parroquiales24jul13.
     

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